Gelmis Chate mostró su respaldo a un candidato ajeno
El Consejo de Estado de Colombia, a través de su Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección V, presidida por el magistrado ponente Pedro Pablo Vanegas Gil, emitió una sentencia que confirma la nulidad del acto de elección de Gelmis Chate Rivera como alcalde del municipio de Inzá, Cauca, para el período 2024-2027. La decisión responde a una demanda de nulidad electoral presentada por Sergio Andrés Ardila Beltrán, quien argumentó que Chate incurrió en doble militancia al apoyar públicamente a otro candidato a la Gobernación del Cauca, violando los principios de su partido, el Movimiento Alternativo Indígena y Social (MAIS).
La controversia surgió luego de un evento proselitista en octubre de 2023, donde Gelmis Chate mostró su respaldo a un candidato ajeno al MAIS, el cual era apoyado por otros partidos políticos. En ese momento, el MAIS ya tenía a su propio aspirante a la Gobernación, Nelson Mazabuel Quilindo, por lo que la acción de Chate fue considerada una infracción de la normativa que prohíbe la doble militancia, un principio fundamental del sistema electoral colombiano. Esta conducta fue clave para la demanda que finalmente llevó a la nulidad de su elección como alcalde.
El Tribunal Administrativo del Cauca, en primera instancia, falló a favor del demandante el 25 de julio de 2024, anulando el acto de elección de Chate. Ante esta decisión, el demandante presentó una apelación, lo que llevó el caso al Consejo de Estado. En su sentencia, el alto tribunal ratificó la nulidad, ordenando al Tribunal Administrativo del Cauca seguir el procedimiento establecido en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPA), incluyendo la suspensión provisional en el auto admisorio.
Con esta resolución, Gelmis Chate queda destituido de su cargo como alcalde electo de Inzá, y se establece un importante precedente en el cumplimiento de la ley sobre la doble militancia en Colombia. Esta sentencia subraya la importancia de adherirse a los principios éticos y legales del sistema electoral, reafirmando el compromiso con la transparencia y la legalidad en los procesos electorales del país.