Tribunal Arbitral del Deporte rechazó reclamo de Nairo Quintana por su descalificación del Tour de Francia
El Tribunal Arbitral del Deporte (TAS) rechazó este jueves 3 de noviembre un recurso del ciclista colombiano Nairo Quintana contra su descalificación del último Tour de Francia que se disputó el pasado mes de julio.
El TAS decidió confirmar la descalificación impuesta por la Unión Ciclista Internacional (UCI) ante el hallazgo de tramadol, un analgésico prohibido, en la sangre del ciclista colombiano de 32 años.
Para el tribunal la UCI actuó "por causa médica y no por motivo de dopaje", y por ello en el marco de "su poder y de su competencia disciplinaria".
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La UCI, además de la descalificación, también sancionó a Nairo Quintana con una multa de 5.000 francos suizos. El analgésico fue hallado en la sangre del ciclista tras el análisis de dos muestras el 8 y 13 de julio.
La Unión Ciclista Internacional expresó mediante un comunicado, este jueves, su satisfacción con la decisión del Tribunal de Arbitraje Deportivo “por infringir la prohibición de uso de tramadol en competición”.
“Esta decisión refuerza la validez de la prohibición de tramadol en el Reglamento Médico de la UCI para proteger la salud y la seguridad de los corredores. La UCI no hará más comentarios sobre este asunto", señaló en el comunicado.
La UCI ha explicado que el uso del tramadol podría generar somnolencia en los ciclistas lo que causa un riesgo de caída. Por ello la sanción se da desde un punto de vista médico que descarta algún tipo de dopaje.
Quintana había expresado el miércoles su deseo de que el TAS se pronunciara a su favor. “Quiero reiterar que no es un caso de dopaje. Se ha hecho más grande el escándalo de lo que debería”, mencionó en redes.
El colombiano puede seguir corriendo en las competencias que desee puesto que la sanción de la UCI se limitó al Tour.