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Estos son los plásticos de un solo uso que estarán prohibidos desde hoy en Colombia

Foto de referencia de pitillos o pajillas (Canva)
Foto de referencia de pitillos o pajillas (Canva)
No obstante, aún hay algunas excepciones como los artículos para el embalaje de productos cárnicos y lácteos.

A partir de este domingo empieza a regir en Colombia la prohibición a la venta y distribución de ocho plásticos de un solo uso.

Entre los artículos están las bolsas plásticas en comercios y supermercados en todo el territorio nacional.

"Con esta ley aspiramos a cumplir la meta de que en Colombia todos los plásticos que se produzcan en el país a 2030 sean reutilizables o reciclables", dijo la ministra de Ambiente, Susana Muhamad.

El no acatar la medida provocará multas a los negocios que distribuyen los ocho productos plásticos que saldrán del mercado como varios tipos de bolsas plásticas, pitillos, mezcladores de plástico para bebidas, soportes plásticos para hisopos de algodón.

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Desde hace varias semanas, tiendas y supermercados de Bogotá colgaron anuncios en sus cajas advirtiendo sobre la entrada en vigor de la prohibición, anunciando que no se entregarán bolsas prácticas a los compradores.

No obstante, aún hay algunas excepciones como los artículos para el embalaje de productos cárnicos y lácteos.

"No se prohíbe la producción, sino la comercialización y puesta en el mercado" de estos productos, aseguró la vicepresidenta de la Asociación Colombiana de Industrias Plásticas (Acoplásticos).

La ley que prohíbe la distribución de plásticos de un solo uso fue aprobada por el Congreso en 2022 y se plantea retirar una veintena de productos de manera gradual, empezando este domingo con ocho.

Cada año, en el mercado interno colombiano circulan unas 700.000 toneladas de envases y bolsas plásticas, según cifras del Fondo Mundial para la Naturaleza (WWF).

Estos son todos los plásticos de un solo uso que no se podrán comercializar desde hoy en Colombia:

  • Bolsas de punto de pago utilizadas para embalar, cargar o transportar paquetes y mercancías, excepto aquellas reutilizables o de use industrial.
  • Bolsas utilizadas para embalar periódicos, revistas, publicidad y factura.
  • Bolsas utilizadas en las lavanderías para empacar ropa lavada.
  • Rollos de bolsas vacías en superficies comerciales para embalar, cargar o transportar paquetes y mercancías o Ilevar alimentos a granel, excepto para los productos de origen animal crudos.
  • Mezcladores de azúcar.
  • Pitillos para bebidas.
  • Soportes plásticos para las bombas de inflar.
  • Soportes plásticos de los copitos de algodón o hisopos flexibles con puntas de algodón.

Estos son los artículos que NO quedarán prohibídos:

  • Bolsas de basura.
  • Bolsas para los desechos de las mascotas.
  • Empaques plásticos (envases, embalajes, etc.)
  • Productos desechables (cubiertos, vasos para el tinto, para los jugos o salpicones en la calle).
  • Recipientes portacomidas.
  • Icopor.

En 2018, Chile fue el primer país de América Latina en prohibir la distribución de bolsas plásticas en tiendas y supermercados. Panamá se unió en 2021 y Uruguay, en el mismo año, autorizó solo la venta de bolsas reciclables.

En México, la mayoría de estados han aprobado prohibiciones y restricciones a los plásticos de un solo uso en comercios.

Por su parte, en Ecuador, en el archipiélago de Galápagos están prohibidas desde 2018 las bolsas plásticas, sorbetes y envases de polietileno.


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