Conozca la visa estadounidense categoría E para inversionistas que volvió a tramitarse en Colombia
La Embajada de Estados Unidos con sede en Bogotá, Colombia anunció en las últimas horas que reactivará el proceso de solicitud de visa tipo E para inversionistas.
Mediante un video compartido en las redes sociales, la entidad señaló que, a partir de este mes, los países que tienen tratados de libre comercio y navegación con Estados Unidos, como lo tiene Colombia, ya pueden iniciar el proceso de solicitud.
Para esta categoría existen dos tipos de visa: E-1 y E-2
Para optar por una visa E-1, el propósito de viaje del solicitante debe establecer un comercio sustancial en actividades calificadas, principalmente entre Estados Unidos y Colombia o trabajar en la empresa como ejecutivo, supervisor o empleado con habilidades esenciales.
En el caso de la visa E-2, el solicitante debe tener la intención de viajar a los Estados Unidos para desarrollar y dirigir las operaciones de una empresa en la cual ya ha invertido una cantidad sustancial de capital o trabajar en la empresa como ejecutivo, supervisor o empleado con habilidades esenciales.
Requisitos de un Inversionista por Tratado Comercial E-2
Para obtener la visa E-2 el inversionista por tratado debe:
- Ser ciudadano de un país con el cual Estados Unidos mantiene un tratado de comercio y navegación.
- Haber invertido una cantidad sustancial de capital en una empresa genuina en Estados Unidos.
- Tratar de ingresar a Estados Unidos únicamente para desarrollar y dirigir la empresa de inversión (esto se establece mostrando propiedad de al menos el 50% de la empresa o posesión del control operacional a través de un puesto gerencial u otro dispositivo corporativo).
Es de recalcar que "una inversión es la colocación de capital del inversionista por tratado, incluidos fondos y otros activos con el objetivo de generar una ganancia", según la entidad.
- El capital debe estar sujeto a pérdidas parciales o totales si la inversión falla.
- El inversionista del tratado debe demostrar que los fondos no se han obtenido, directa o indirectamente, de actividades delictivas.
Una cantidad sustancial de capital es:
- Suficiente para garantizar el compromiso financiero del inversionista por tratado con la operación exitosa de la empresa.
- De una magnitud que respalde la probabilidad de que el inversionista por tratado desarrolle y dirija exitosamente la empresa.
De acuerdo con la entidad, una empresa genuina se refiere a “una empresa comercial o emprendedora real, activa y operativa que produce servicios o bienes con fines de lucro”.