Estados Unidos anuncia inicio de Programa de Reunificación Familiar para Colombia, El Salvador, Guatemala y Honduras
El Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos (DHS) anunció este viernes la implementación de nuevos procesos de permisos humanitarios de reunificación familiar para cuatro países.
De acuerdo con la entidad, los procesos se dirigirán a las personas de Colombia, El Salvador, Guatemala y Honduras, aquellos familiares son ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes legales, y que han recibido una aprobación para reuniones con su familia en EE. UU.
“Los ciudadanos de estos países pueden ser considerados para la libertad condicional caso por caso por un período de hasta tres años mientras esperan para solicitar convertirse en residentes permanentes legales”, dijo la entidad.
El programa hace parte de las medidas anunciadas por el Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos y el Departamento de Estado en el mes de abril tras el fin del título 42 y como una manera de ampliar las vías legales de migración hacia el país estadounidense.
“Estos nuevos procesos promueven la unidad familiar y brindan vías legales consistentes con nuestras leyes y nuestros valores. El Departamento ha demostrado que la expansión de vías seguras, ordenadas y legales, combinada con una fuerte aplicación de la ley, es efectiva para reducir la migración irregular y peligrosa a los Estados Unidos”, dijo el secretario de Seguridad Nacional, Alejandro Mayorkas.
Los procesos inician cuando el Departamento de Estado emite una invitación al ciudadano estadounidense o familiar residente permanente legal solicitante cuyo Formulario I-130 este a nombre de un beneficiario colombiano, salvadoreño, guatemalteco y hondureño.
“Los beneficiarios que califiquen deben estar fuera de Estados Unidos, cumplir con todos los requisitos, incluidos los requisitos médicos y de evaluación, y no deben haber recibido una visa de inmigrante”, indican.
Asimismo, los beneficiarios que estén pendientes de una visa de inmigrante pueden incluir a los hijos y hermanos de ciudadanos estadounidenses y ciertos cónyuges e hijos de residentes permanentes.
“El peticionario invitado puede entonces iniciar el proceso presentando una solicitud en nombre del beneficiario y los miembros de la familia elegibles para ser considerado para autorización de viaje anticipada y libertad condicional”, agrega la entidad.