Víctimas de violencia podrán recibir la pensión de sus exparejas que las agredían en Colombia
La Corte Suprema de Justicia de Colombia determinó que las mujeres podrán acceder a la pensión de sus exparejas sentimentales en caso de fallecimiento si su causal de divorcio fue el maltrato.
Esta decisión fue justificada por la Corte teniendo en cuenta que las víctimas de violencia no están vulnerando el requisito de convivencia porque han dejado de vivir con la otra persona por un caso justificado.
En palabras de la Corte, “el no vivir bajo el mismo techo por condiciones especiales no implica necesariamente que ipso facto desaparezca la comunidad de vida, siempre que prevalezcan los lazos afectivos, sentimentales, de apoyo, solidaridad, acompañamiento espiritual y ayuda mutua, propios de la vida en pareja”.
LEA TAMBIÉN: Colombia será parte del proyecto Artemisa de la NASA
Además, se hizo hincapié en que la decisión podrá aplicarse aun cuando no exista ningún tipo de denuncia contra el agresor.
Esta resolución se da después de que una mujer víctima de violencia física y psicológica no recibiera la pensión de su pareja porque se había separado de él durante un mes a pesar de que habían estado casados durante siete años.
Redacción NTN24.com