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Viernes, 15 de noviembre de 2024
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Corrupción en Colombia

“Veo con pesimismo el hecho de que en tres meses se vaya a dar lo de la consulta popular en Colombia”

El abogado constitucionalista Alfredo Pertúz se refirió a la aprobación de la consulta popular anticorrupción, su alcance y sobre la posibilidad de que se pueda hacer en tres meses.

​En Colombia, este martes fue aprobada en el Senado la consulta anticorrupción. El Gobierno debe citar a los colombianos en tres meses para que respondan siete preguntas. Para que el proyecto sea una realidad cada pregunta debe obtener al menos la tercera parte del censo electoral, es decir, un poco más de 12 millones de votos.

El abogado constitucionalista Alfredo Pertuz dijo en el programa La Tarde de NTN24 que considera “que uno de los grandes triunfos de la consulta no es un triunfo jurídico, sino un triunfo político porque ha logrado poner en el centro de la agenda legislativa y nacional el tema de la corrupción (…) creo que es el inicio de una línea en la que seguramente vamos a encontrar reformas y proyectos de ley que seguramente van a viabilizar la democracia”.

Además, anticipó que ve “con mucho pesimismo el hecho de que en tres meses se vaya a dar lo de la consulta, porque los tiempos no dan, la Corte Constitucional creo que se tomará un tiempo revisando esto y posterior a ello, el presidente hará lo propio, creo que no será del resorte de este presidente evidentemente y también estará sujeto a la voluntad política del nuevo Congreso y del nuevo presidente la viabilidad de todo esto”.  

Por otra parte, manifestó que “sin lugar a dudas va a tener que contar con mucha responsabilidad y vocación política del Legislativo para que se materialice el resultado de la consulta popular. Es una de las características de la consulta popular, queva a necesitar mucha instrumentación y quirúrgica política al interior del Legislativo para que pueda materializarse". 

Además, consideró que “el punto 1, que es el del salario de los congresistas, tiene raigambre constitucional y la consulta popular por cuenta de la Ley 134 no tiene ese alcance, por tanto es probable que la Corte Constitucional decida excluir o modificar de cierta manera esa pregunta. El salario de los congresistas está regulado en el artículo 187 constitucional, para variarlo hay unas formas de reforma constitucional que no incluyen la consulta popular”.

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